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Derechos y Poderes

Ministro de Música y Ministro de Educación Cristiana.

  1. Servir como director de música, director de educación cristiana, maestro o pastor asistente en las iglesias locales.

  2. Publicar, defender y predicar el evangelio de Jesucristo.

  3. El ministro de educación cristiana o ministro de música no calificará para Ministro Ordenado mientras permanezca exclusivamente en campo de la música o educación cristiana. Entiéndase que las mujeres no pueden calificar para el rango de Obispo Ordenado (A63, 1990, pag.79).

  4. Dado el caso que el ministro de educación cristiana o ministro de música entre al ministerio del pulpito, recomendamos que se le acredite el periodo que ha tenido credencial (como ministro de educación cristiana o ministro de música), y que éste sustituya la licencia de exhortador (A50, 1964, pág. 55)

 

Ministro Exhortador 

  1. Predicar y defender el evangelio de Jesucristo.

  2. Servir como evangelista.

  3. Ejercer el ministerio pastoral.

  4. En caso de emergencia, el supervisor territorial, regional o distrital puede autorizarle a que bautice a los convertidos y acepte nuevos miembros en la comunión de la feligresía de la iglesia.

  5. Cuando un exhortador funja como pastor y las leyes del país reconozcan sus credenciales como aquellas de un ministro autorizado del evangelio, entonces, podrá solemnizar los ritos del matrimonio.

  6. Los exhortadores que desempeñen el cargo de ayudantes y asistentes de pastores puede recibir diezmos, cuando sea posible.

  7. Al exhortador se le requiere mantenerse activo en el ministerio, pagar sus diezmos (a la iglesia local donde tenga su membresía) y enviar sus reportes mensuales a la oficina territorial. El exhortador puede ser promovido al rango de ministro ordenado.

 

Ministro Ordenado

  1. Predicar, publicar, enseñar y defender el evangelio de Jesucristo.

  2. Fungir como evangelista.

  3. Ejercer como pastor o pastora.

  4. Bautizar a los convertidos.

  5. Aceptar nuevos miembros en la comunión de la feligresía de la iglesia.

  6. Administrar los santos sacramentos (ordenanzas)

  7. Solemnizar los ritos del matrimonio.

  8. Establecer iglesias.

 

El ministro ordenado podrá sentarse en el Concilio General Internacional de obispos ordenados, pero sin derecho al voto. 

 

Obispo Ordenado

  1. Predicar, publicar, enseñar y defender el evangelio de Jesucristo.

  2. Servir como pastor, supervisor de distrito o en otras capacidades o nombramientos.

  3. Bautizar a los convertidos.

  4. Aceptar nuevos miembros en la comunión de la feligresía de la iglesia.

  5. Administrar los santos sacramentos (ordenanzas).

  6. Solemnizar los ritos del matrimonio.

  7. Ayudar en ceremonias de ordenación de otros ministros.

  8. Establecer y organizar nuevas iglesias.

  9. Ostentar los siguientes títulos mientras ocupa cualquiera de estas posiciones. 

 

Supervisor Territorial o Nacional

(o su equivalente internacional)

Obispo Administrativo

 

Miembros del Comité Ejecutivo Internacional

Obispo Ejecutivo

 

Supervisor General

Obispo Presidente

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